divendres, 28 de juny del 2013

El nuevo Plan Integral de Residuos valenciano incumple la Directiva marco europea (ecoticias.com 28/06/2013)


El nuevo PIR sigue apostando por el vertido de RSU cuando consiente que se pueda verter hasta el 44% de los RSU que entran a las plantas de tratamiento y exige una recuperación mínima de materiales de un ridículo 9%.


El nuevo Plan Integral de Residuos (PIR) no concreta los criterios de ubicación, ni el número, ni la capacidad de las incineradoras de residuos sólidos urbanos (RSU) que se quieren implantar y por tanto incumple la Directiva marco y la Ley española de residuos.
El nuevo PIR sigue apostando por el vertido de RSU cuando consiente que se pueda verter hasta el 44% de los RSU que entran a las plantas de tratamiento y exige una recuperación mínima de materiales de un ridículo 9%.
El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana ha publicado hoy la normativa del nuevo PIR que sustituye al aprobado hace 16 años y que fue aprobado por el Consell el pasado 21 de junio de 2013. La principal novedad es la fuerte apuesta que hace por la incineración de los RSU bajo el eufemismo de “valorización energética”. Su justificación es que la incineración está por delante del vertido en la jerarquía de residuos y que así estaremos “en sintonía con la tendencia de los países europeos más avanzados en la gestión de los residuos”. Sin embargo esa afirmación es falsa, ya que en Europa están cerrando muchas incineradoras y en palabras del Comisario europeo de Medio Ambiente, Janez Potocnic la incineración “no es el mejor medio de gestión de residuos” y se debería incinerar menos de lo que actualmente se hace, precisamente en la Europa del Norte que ahora se quiere copiar aquí.
El número de macro-incineradoras y su ubicación se deja en manos del órgano de Coordinación de los Consorcios, nuevo órgano que crea el PIR2013, y de un futuro inconcreto Plan de Valorización Energética que se aprobará en el futuro. Ese órgano político estará controlado totalmente por el Partido Popular, pues agrupará a los 26 Presidentes de los Consorcios, la Consellera el Director General y tres representantes de las Diputaciones. El órgano supramunicipal contemplado en la Ley 10/2000 de Residuos (Entidad de Residuos), de carácter más técnico, aunque nunca se llegó a constituir, ha sido suprimido recientemente.
Esas determinaciones incumplen la Directiva Marco de Residuos de 2008 y su trasposición española, la Ley 22/2011 de Residuos, que dicen explícitamente que los planes autonómicos de residuos deben contener la “información sobre los criterios de ubicación para la identificación del emplazamiento y sobre la capacidad de las futuras instalaciones de eliminación o las principales instalaciones de valorización”. Esa información sobre los criterios de ubicación y la capacidad de las nuevas macro-incineradoras no está presente en el PIR2013.
Por otras parte, el nuevo PIR mantiene en el 44% la máxima cantidad de RSU que pueden ir a vertedero, la misma prescripción que ya estaba en el PIR1997 y que se incumple clamorosamente actualmente, pues el vertido en las principales plantas de tratamiento supera el 75%. La exigencia mínima de recuperación de materiales se marca por primera vez en un ridículo 9%, con lo que podemos asegurar que las actuales plantas de tratamiento podrán ser tan ineficientes como deseen. Es decir este PIR apuesta por una futura e indeterminada incineración y por consentir el vertido masivo de RSU que actualmente se realiza.
El nuevo PIR2013 no deja clara su propuesta sobre los bioresiduos, pues no establece con claridad la obligatoria recogida selectiva de la materia orgánica, pues solamente se compromete a decir que “se deberá facilitar la recogida separada y el tratamiento adecuado de los bioresiduos”. ¿qué podemos entender con esas palabras? ¿la instauración de un contenedor de materia orgánica por cada 100 contenedores “grises” (residuos mezclados) será suficiente para cumplir esa exigencia?